Nuestra oferta de servicios

Servicios de Assurance

Construyendo confianza en un mundo siempre cambiante y complejo.

Nuestro equipo está conformado por expertos y especialistas, con las habilidades necesarias para ayudar a las empresas a adoptar el cambio y crear oportunidades de transformación, en combinación de procesos existentes.

Nuestras áreas de servicio de Assurance incluyen:

  • Asesoría contable y de reporte financiero
  • Eventos disruptivos
  • Operaciones contables
  • Negocio

Asesoría contable y de reporte financiero:

  • Apoyo en contabilidad e informes financieros.
  • Implementación de normas contables
  • Actuariales

Eventos disruptivos:

  • Preparación para la Oferta Pública Inicial (OPI)
  • Fusiones, adquisiciones, desinversiones

Operaciones contables

  • Diagnóstico contable y mejora
  • Infraestructura y abastecimiento contable
  • Servicios internos de assurance de controles financieros
  • Talleres de finanzas
  • Transformación financiera

Negocio

  • Assurance de medios y publicidad
  • Assurance de Blockchain
  • Transformación y assurance de informes corporativos
  • Assurance de algoritmos

 

El Tribunal Fiscal señala los requisitos que debe cumplir un informe técnico a fin de poder sustentar la deducción por mermas.

Mediante la Resolución nro. 00799-10-2023, el Tribunal Fiscal ha señalado los requisitos que debe cumplir un informe técnico a efectos de poder sustentar la deducción por mermas.

Conforme con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, para la deducción por mermas es necesario que éstas se encuentren debidamente acreditadas mediante un informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado, indicándose además que el informe debe contener por lo menos la metodología empleada y las pruebas realizadas.

Sobre el particular, el Tribunal señala que la sola presentación del informe técnico no es suficiente para sustentar la deducción por mermas, sino que éste debe reunir elementos suficientes a fin de generar convicción de que constituye un medio de prueba válido, el cual debe encontrarse debidamente respaldado con documentos que soporten los datos que se consignan en el informe.

Así pues, el Tribunal considera que un informe técnico debidamente sustentado será aquél emitido por un profesional independiente, competente y colegiado o por un organismo técnico competente que, partiendo del tipo de actividad comercial del contribuyente, describa con claridad y de forma completa cada una de las etapas, procesos y/o causas que llevaron a que se produzcan mermas en un determinado bien. Asimismo, en el informe se debe detallar la metodología empleada y las pruebas realizadas, considerando en su elaboración la información relevante y cada hecho o factor que influyó en la generación de dichas mermas, siendo que todos los datos consignados en el informe para su análisis deben estar respaldados con la documentación fuente.

Resolución nro. 00799-10-2023.

Conozca más

Más información

Fernando Lattuca

Fernando Lattuca

Líder de Assurance, Spanish Latin America

Fernando tiene más de 27 años de experiencia brindando servicios de contabilidad y auditoría a clientes en una amplia gama de industrias en temas de reportes financieros (US GAAP e IFRS), auditoría (P... Más